Nuestra historia
La A.O.A (Associazione Ortofrutticoltori Agro) fue formada en el año 1980 y reconocida según el reglamento CE 1035/72 en el año 1982. Tras la reforma de la OCM, impulsada por la aparición del reglamento CE 2200/96, la O.P. recibió, según el artículo 11, reconocimiento en la categoría IV «productos destinados a la transformación». Dicho reconocimiento se le otorgó mediante la resolución de la Región de Campania nº 12863 del 30 de septiembre de 1998, tras la cual la O.P. ha quedado inscrita en el registro Regional de las APO, constituido ante la Junta Regional de la Campania nº 5.
De conformidad con lo estipulado en la ley número 128 del 24 de abril de 1998, artículo 40, párrafo 6, firmado el 29 de mayo de 1999 ante el notario D. Tommaso d’Amaro y aprobado por la Asamblea extraordinaria de los socios del mismo 29 de mayo de 1999, la A.O.A modificó su denominación a Consorzio Associazione Ortofrutticoltori Agro Società Cooperativa a responsabilità limitata, con las siglas Consorzio A.O.A. S.c.r.l. La base asociativa está principalmente concentrada en la región de Campania con producciones realizadas en mayor parte en la región de Puglia y con presencia significativa en otras regiones como: Campania, Toscana, Umbria, Lazio, Marche, Abruzzo, Molise, Basilicata y Calabria. Se pueden unir tanto productores individuales (personas físicas) como cooperativas (personas jurídicas) a la sociedad.
Calidad y fiabilidad
La producción del Consorzio A.O.A. S.c.r.l. se caracteriza principalmente por el tomate industrial, que se encuentra en su totalidad en las industrias de transformación. La actividad de la O.P. se centra principalmente en las siguientes fases: – programación; – contratación; – producción; – control; – comercialización del tomate. A tal fin, la O.P. dispone de una estructura organizativa que respalda a sus asociados en todas estas fases. La estructura organizativa se compone de seis unidades reguladas contractualmente con una relación laboral a tiempo indefinido. Asimismo, la O.P. hace uso de asesoramiento profesional externo para afrontar las necesidades de índole técnicoagronómico, contable, fiscal y laboral. En resumen, la O.P. se encarga de los aspectos contractuales para la comercialización del producto, los controles de calidad en el campo y las relaciones institucionales en interés exclusivo de sus asociados, respetando el principio de mutualidad y sin ánimo de lucro, y de acuerdo con las leyes de cooperación. La asociación se encarga de comercializar las producciones de sus asociados y distribuir entre ellos la recaudación neta de las ventas. A fines contables, la actividad principal se centra en la facturación del producto distribuido según los contratos establecidos con las Industrias de transformación (ventas) y la adquisición de las facturas emitidas por parte de las Cooperativas asociadas (compras).
El coste de gestión soportado queda garantizado por los socios mediante el pago de una contribución específica acordada y está regulado por la Asamblea Ordinaria de Socios (art. 22 del Estatuto Social). Estos contribuyentes quedan exentos de cualquier impuesto según lo establecido en el art. 9 de la ley 674/98. En el año 2001 se inicia la reforma de la OCM, recogida en el reglamento CEE 449/01 y D.M. 26 de abril de 2001, que establece el pago directo de una subvención comunitaria a los productores agrícolas para la tramitación de las Asociaciones Cooperativas de primer grado. De acuerdo con las cláusulas de los reglamentos vigentes y según lo estipulado en el reglamento CEE 449/01 y D.M. 26 de abril de 2001, la O.P. presenta una solicitud de ayuda para la cantidad de tomate distribuida por los productores a través de Cooperativas Asociadas. Además, el 15 de septiembre de 2001, la O.P. presentó ante la institución competente de la Región de Campania, y de conformidad con el reglamento CEE 2000/96 y cualquier modificación e integración posterior, un programa operativo para el período quinquenal de 2002-2006. En el programa se contempla el pago de una subvención por parte de la CEE, a través de la Agencia Italiana para los Pagos en Agricultura (A.G.E.A) y de la institución competente de la Región de Campania, que asciende al 50% de los costes incurridos por el desarrollo de las acciones previstas en el programa operativo.